En Colombia existe un marco normativo que regula las prácticas de cobranza para proteger tanto a los acreedores como a los deudores. Conocer qué está permitido y qué no le ayudará a elegir una empresa de cobranza responsable y evitar problemas legales que puedan comprometer la reputación de su empresa.
Prácticas de Cobranza Permitidas en Colombia
- Comunicaciones directas al deudor mediante llamadas, correos electrónicos y cartas formales
- Visitas presenciales a la sede del deudor en horarios hábiles
- Negociación de acuerdos de pago con condiciones flexibles
- Reporte a centrales de riesgo según la normativa vigente
- Inicio de procesos judiciales ejecutivos ante los juzgados competentes
- Solicitud de embargo y medidas cautelares ordenadas por el juez
La cobranza en Colombia está regulada por la Circular 048 de la Superintendencia Financiera para entidades vigiladas, la Ley 1480 (Estatuto del Consumidor) para el cobro a personas naturales, y el Código Civil y Comercial para obligaciones empresariales.
¿Qué hacer si una empresa de cobranza usa prácticas prohibidas?
Si una empresa de cobranza utiliza prácticas prohibidas en su nombre, su empresa puede enfrentar reclamaciones legales y daños reputacionales. Denuncie ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) o la Superintendencia Financiera según el caso, y termine el contrato de inmediato. Antes de contratar, verifique siempre que la empresa opere con metodologías documentadas, contratos claros y un equipo capacitado en normativa de cobranza.
Cómo Garantizar una Cobranza Ética en su Empresa
En Grupo Coactiva SAS, la ética es un pilar fundamental de nuestra operación. Todas nuestras comunicaciones son documentadas, respetuosas y ajustadas a la normativa vigente. Este enfoque protege tanto a nuestros clientes como a nuestra empresa de demandas, sanciones o daños reputacionales derivados de prácticas indebidas.
Por Qué la Cobranza Ética Produce Mejores Resultados
Contrario a lo que muchos creen, las prácticas de cobranza respetuosas y profesionales generan mejores tasas de recuperación que el hostigamiento. Un deudor que se siente tratado con dignidad es más propenso a llegar a acuerdos voluntarios, reduciendo tiempos y costos del proceso de recuperación.
Prácticas de Cobranza PROHIBIDAS en Colombia
- Realizar llamadas en horarios no hábiles: antes de las 7am o después de las 10pm
- Hostigar o acosar al deudor, a sus familiares o personas cercanas
- Usar amenazas o ejercer presión psicológica excesiva sobre el deudor
- Contactar a empleados, clientes o familiares del deudor para hacer pública la deuda
- Utilizar información falsa o engañosa sobre las consecuencias de no pagar
- Cobrar honorarios usurarios que superen los topes legales permitidos
Conclusión
Si su empresa enfrenta este desafío, Grupo Coactiva SAS está listo para ayudarle. Con más de 15 años de experiencia en recuperación de cartera empresarial y cobertura en toda Colombia, somos el aliado estratégico que su negocio necesita. Contáctenos hoy para una consulta gratuita y descubra cómo recuperar lo que es suyo.